GrupoVESTRA
Marco Legal & Regulatorio Colombia

Términos y Condiciones de Uso

Última actualización: 16 de septiembre de 2026 · Sometido de manera estricta y excluyente a la Constitución Política y las Leyes de la República de Colombia.

1. Identificación del Operador y Naturaleza Jurídica del Servicio

La plataforma tecnológica accesible en el dominio grupovestra.com y sus subdominios asociados es desarrollada, operada y administrada por Grupo VESTRA (en adelante, "Grupo VESTRA" o "la Plataforma"), plataforma y desarrollo de software operado en la República de Colombia, con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., Colombia, y canal oficial de notificaciones y radicación en el Formulario Oficial de PQRs y Notificaciones.

Naturaleza del Servicio: Grupo VESTRA otorga al usuario una licencia de software bajo modalidad SaaS (Software as a Service) de carácter personal, revocable, limitada, no exclusiva e intransferible. El objeto exclusivo de la plataforma es la agregación algorítmica, indexación, procesamiento computacional y análisis cuantitativo de edictos judiciales y avisos de remate de naturaleza pública emitidos por los despachos de la Rama Judicial de Colombia, en estricto cumplimiento del Artículo 450 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) y la Ley 1712 de 2014 (Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional).

2. Descargo Expreso de Responsabilidad Jurídica y Ausencia de Mandato Judicial

EN CUMPLIMIENTO DE LA LEY 1123 DE 2007 (CÓDIGO DISCIPLINARIO DEL ABOGADO) Y EL ARTÍCULO 2142 DEL CÓDIGO CIVIL COLOMBIANO:

  • No Asesoría Legal Vinculante: Grupo VESTRA NO es una firma de abogados, no presta servicios de consultoría jurídica individualizada ni ejerce la representación judicial. Ningún contenido generado en la plataforma, reporte de debida diligencia, semáforo algorítmico, score (0-100) ni interacción con los agentes de inteligencia artificial (RYA AI) constituye concepto legal vinculante ni sustituye la asesoría de un abogado titulado y colegiado.
  • Carga Procesal Exclusiva del Usuario: La adquisición de inmuebles en pública subasta conlleva riesgos de orden procesal, posesorio, tributario y físico. Es responsabilidad inexcusable e indelegable del usuario verificar personalmente el expediente judicial en el despacho respectivo, contrastar las providencias ejecutoriadas, examinar los certificados de tradición y libertad ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, coordinar con el secuestre la inspección material del bien y realizar su propio estudio de títulos.
  • Inexistencia de Garantía de Adjudicación: Las subastas judiciales dependen de decisiones autónomas e independientes de los jueces de la República (Art. 228 Constitución Política). Grupo VESTRA no garantiza que el remate se lleve a cabo, que no sea suspendido por nulidades, desistimientos o acuerdos de pago (Art. 450 y 453 CGP), ni que las posturas presentadas por los usuarios resulten adjudicatarias.
  • Alcance Exclusivo del Canal de Soporte al Cliente: El canal oficial de atención y soporte (soporte@grupovestra.com y tickets de la plataforma) atiende de manera taxativa y excluyente dudas sobre la operatividad del software, planes de suscripción, cuotas de fichas, facturación y problemas técnicos de acceso con 2FA. El personal de soporte no tiene facultades, autorización ni competencia para responder consultas jurídicas sobre expedientes, estructuración de pujas, redacción de memoriales ni diligencias de entrega, aplicando la negativa inmediata a cualquier solicitud de concepto legal.

3. Blindaje Regulatorio: Prohibición Absoluta de Captación Masiva de Fondos (SFC)

EN ESTRICTA APLICACIÓN DEL DECRETO 663 DE 1993 (ESTATUTO ORGÁNICO DEL SISTEMA FINANCIERO), EL DECRETO 1981 DE 1988 Y LA LEY 964 DE 2005:

  • Entidad No Vigilada por la SFC: Grupo VESTRA NO es una entidad bancaria, fiduciaria, administradora de fondos de inversión colectiva, comisionista de bolsa ni plataforma de financiación colaborativa (crowdfunding).
  • Prohibición de Manejo de Dineros de Postura: La Compañía NO recibe, no custodia, no intermedia ni administra dineros del público destinados a posturas de remate, ni ofrece ni asegura tasas fijas de rentabilidad ni rendimientos financieros garantizados.
  • Mecánica Legal Obligatoria de Depósito (Arts. 451 y 452 CGP): De acuerdo con la ley procesal colombiana, quien pretenda hacer postura en un remate debe consignar previamente el cuarenta por ciento (40%) del avalúo del respectivo bien de manera directa y exclusiva en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia a órdenes del despacho judicial competente. Ningún funcionario ni colaborador de Grupo VESTRA solicitará consignaciones para posturas en cuentas privadas. Cualquier requerimiento de esta índole es ajeno a la Compañía y constituye una conducta punible externa.

4. Tarifas, Membresías y Política de Transición al Mes 3 (Precio Fundador)

El acceso a las funcionalidades avanzadas de Grupo VESTRA se rige por la tabla de precios oficial y transparente publicada en la plataforma:

Desliza la tabla hacia los lados para ver todas las columnas

Plan / ProductoTarifa Fundador (Mes 1 y 2)Tarifa Estándar Regular (Mes 3+)Modalidad
Ficha Individual$49.000 COP$49.000 COPPago único por expediente
Inversionista$149.000 COP/mes$179.000 COP/mes (+20%)Suscripción mensual recurrente
Estratega$269.000 COP/mes$329.000 COP/mes (+22%)Suscripción mensual recurrente
Private$590.000 COP/mes$750.000 COP/mes (+27%)Suscripción mensual recurrente

Reglas Claras de Facturación y Renovación:

  • Fase de Miembro Fundador: Los usuarios que contraten durante la fase de acceso anticipado disfrutan de la Tarifa Fundador durante los primeros dos (2) meses calendario continuos de suscripción.
  • Ajuste Contractual al Mes 3: A partir del tercer (3er) ciclo de facturación mensual consecutivo, la suscripción se renovará automáticamente a la Tarifa Estándar Regular descrita en la tabla superior.
  • Preaviso y Opción de Congelamiento: Al cumplirse el día cincuenta (50) de suscripción, Grupo VESTRA notificará al usuario vía correo electrónico, brindándole la opción de: (i) cancelar su renovación sin ninguna penalidad ni permanencia mínima, o (ii) congelar indefinidamente su Tarifa Fundador contratando un pase semestral o anual con descuento adicional.
  • Cancelación Simple y Transparente: El usuario puede suspender o cancelar su renovación en cualquier momento con un solo clic desde la sección /configuracion de su cuenta o escribiendo a pagos@grupovestra.com. La cancelación impedirá cobros futuros manteniendo el acceso hasta el fin del ciclo ya pagado.

5. Estatuto del Consumidor: Derecho de Retracto, Reversión de Pago y Excepciones

En cumplimiento del Artículo 47 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), el comprador goza del derecho de retracto bajo las siguientes condiciones:

  • Término de Ejercicio: El suscriptor puede resolver el contrato de manera unilateral y solicitar la devolución del 100% del dinero pagado dentro del término máximo de cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha inicial de suscripción.
  • Canal Oficial de Tramitación: La solicitud debe remitirse formalmente al correo pagos@grupovestra.com con el asunto "Retracto Legal Ley 1480 - [Correo Registrado]".
  • Excepción Legal Expresa (Art. 47 Numerales 1 y 4 Ley 1480): El derecho de retracto NO APLICA en los siguientes supuestos taxativos:
    1. En la compra de Fichas Individuales de Audiencia, por tratarse de contratos de suministro de contenido digital e información procesal reservada cuya prestación y consumo comienza con el consentimiento expreso del consumidor y cuya ejecución se consuma de manera inmediata.
    2. En planes de suscripción en los cuales el usuario haya realizado descargas efectivas de expedientes PDF oficiales o haya utilizado los cupos de consultas analíticas avanzadas de IA, por verificarse la ejecución material y aprovechamiento pleno de la información no susceptible de devolución.
  • Reversión de Pagos (Art. 51 Ley 1480 y Decreto 587 de 2016): En caso de fraude electrónico, suplantación de identidad o cobro duplicado no solicitado, el titular de la tarjeta o medio de pago podrá presentar la queja dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que tuvo conocimiento de la operación fraudulenta para activar la reversión con la entidad emisora y la pasarela de pagos.

6. Régimen de Salas de Co-Inversión (Cuentas en Participación Art. 507 C.Co.)

Las salas de co-inversión (Pools) facilitadas tecnológicamente en la plataforma son espacios virtuales de coordinación en donde usuarios plenamente facultados pueden estructurar consorcios privados bajo la modalidad jurídica de Cuentas en Participación (Artículos 507 a 514 del Código de Comercio de Colombia):

  • Autonomía Contractual: El contrato de cuentas en participación se celebra de forma directa y exclusiva entre el Socio Gestor y los Socios Partícipes Ocultos. Grupo VESTRA no es parte, fiador, comisionista ni beneficiario de dicho acuerdo contractual.
  • Responsabilidad ante la Rama Judicial: Conforme al Artículo 510 del Código de Comercio, el Gestor es reputado único dueño del negocio frente a terceros y ante el Juzgado de ejecución. Los partícipes no adquieren personería jurídica conjunta ni derechos de propiedad directa frente al remate judicial antes de la protocolización notarial.
  • Tarifa por Licenciamiento Tecnológico: La remuneración cobrada por Grupo VESTRA corresponde a una tarifa fija por el uso de la infraestructura digital y generación de minutas estandarizadas (CIIU 6311 DIAN), sin participación porcentual en los rendimientos inmobiliarios ni asunción de pérdidas comerciales.
  • Régimen Fiscal (Art. 18 Estatuto Tributario): Las cuentas en participación no constituyen persona jurídica contribuyente. Cada partícipe debe declarar de forma separada sus ingresos, costos, deducciones y retenciones en la fuente correspondientes a su porcentaje de aporte.

7. Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SAGRILAFT / PTEE)

El usuario declara bajo la gravedad del juramento que: (i) el origen de los recursos con los cuales sufraga sus suscripciones y formaliza sus posturas judiciales proviene de actividades lícitas y comprobables; (ii) ni su persona, socios, directivos ni beneficiarios reales se encuentran reportados en listas vinculantes de terrorismo, narcotráfico o sanciones internacionales (OFAC, Consejo de Seguridad ONU, listas de la Fiscalía General de la Nación); y (iii) no utilizará los servicios para conductas constitutivas de testaferrato, lavado de activos o defraudación fiscal.

8. Propiedad Intelectual, Algoritmos y Secreto Empresarial

El software, interfaces gráficas, logotipos, hojas de estilo, modelos de datos, arquitectura de scraping, algoritmos de normalización de radicados, fórmulas de cálculo de rentabilidad y bases de datos estructuradas son propiedad exclusiva de los creadores y titulares de Grupo VESTRA, protegidos por la Ley 23 de 1982, la Decisión Andina 351 de 1993 y la Decisión Andina 486 de 2000 sobre Derechos de Autor y Propiedad Industrial.

Queda estrictamente prohibida la descompilación, ingeniería inversa, extracción no autorizada de datos (web scraping no autorizado) o creación de obras derivadas. El acceso o uso indebido de los sistemas computacionales dará lugar a las acciones penales tipificadas en los Artículos 269A y concordantes de la Ley 1273 de 2009 (Delitos Informáticos) y las sanciones civiles de la Ley 256 de 1996 (Competencia Desleal).

9. Declaración de Transparencia de Inteligencia Artificial (IA Ética 2026)

En consonancia con las directrices del Documento CONPES 3975 y el marco normativo internacional de gobernanza de inteligencia artificial, se informa expresamente al usuario que Grupo VESTRA integra modelos probabilísticos de lenguaje natural y visión computacional (incluyendo Google Gemini y Anthropic Claude) para el análisis automatizado de expedientes.

Dichos modelos pueden presentar imprecisiones computacionales ("alucinaciones"). Por consiguiente, el usuario acepta que ninguna sugerencia generada por el asistente conversacional debe considerarse infalible, asumiendo la carga de validar toda cifra, porcentaje o fecha directamente con el texto del aviso de remate judicial.

10. Peticiones, Quejas, Reclamos (PQRs), Ley Aplicable y Jurisdicción

Toda Petición, Queja o Reclamo será recibida y resuelta de fondo por nuestro equipo jurídico en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, conforme al Artículo 50 de la Ley 1480 de 2011, radicándola a través de nuestro Centro Oficial de Radicación de PQRs.

Los presentes Términos se rigen e interpretan conforme a las leyes de la República de Colombia. Cualquier controversia que no pueda resolverse de común acuerdo se someterá a la jurisdicción de los jueces competentes de la República de Colombia, sin perjuicio de las facultades de inspección y vigilancia de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) (www.sic.gov.co).